En una reciente resolución, la Seguridad Social ha sentenciado a una empresa con sede en Bilbao a abonar un recargo del 30% en las prestaciones a una trabajadora que estuvo de baja por acoso moral en el lugar de trabajo. La noticia fue divulgada por CCOO Euskadi, el sindicato que, tras presentar una solicitud de reconocimiento como accidente laboral, logró que la Inspección de Trabajo y el Servicio de Quirón Prevención corroboraran el acoso sufrido por la empleada A.I.G. durante su periodo de baja entre enero y diciembre del pasado año.
La decisión de reconocer el acoso moral como accidente laboral implica la conexión directa entre los hechos acaecidos en el entorno laboral y la situación médica de la trabajadora. La falta de medidas preventivas por parte de la empresa ante posibles casos de acoso moral desencadenó en la imposición de este recargo, según estableció la resolución emitida por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) de Bizkaia.
El informe presentado por Quirón Prevención fue determinante para la conclusión de que se había producido acoso laboral hacia la empleada. En palabras de la técnica encargada de dicho informe, se afirmó que «ha existido un acoso en el trabajo hacia la trabajadora», detallando conductas inadecuadas como agresiones verbales que incluían gritos, insultos y amenazas. Este análisis proporcionó la base necesaria para que la Seguridad Social impusiera el recargo a la empresa.
Cabe destacar que la situación de acoso ya había sido comunicada a la empresa por parte de CCOO en febrero de 2021. En una comunicación escrita, el sindicato describió la problemática que enfrentaba A.I.G. y exhortó a la empresa a tomar las medidas preventivas necesarias para abordar la situación. Sin embargo, la falta de respuesta y la ausencia de acciones concretas llevaron a la escalada del conflicto y, finalmente, a la intervención de la Seguridad Social.
Esta sentencia pone de manifiesto la importancia de la implementación de medidas preventivas en el ámbito laboral para evitar casos de acoso moral. Las empresas deben ser diligentes en la creación de un entorno de trabajo seguro y respetuoso, abordando de manera efectiva cualquier indicio de conductas inapropiadas.
Desde CCOO Euskadi, se destaca que la denuncia y la solicitud de reconocimiento como accidente laboral fueron pasos cruciales para lograr justicia en este caso. El sindicato aboga por la concienciación y la denuncia de situaciones similares para garantizar un entorno laboral saludable y libre de acoso.
Esta sentencia también subraya la responsabilidad legal que recae sobre las empresas en la protección de sus empleados y la importancia de contar con protocolos efectivos para prevenir y abordar el acoso moral en el trabajo. El mensaje claro que emana de este caso es que la negligencia en la adopción de medidas preventivas puede tener consecuencias legales significativas para las empresas.